EU Inc: el régimen 28, calendario, fiscalidad y qué hacer ahora

EU Inc: el régimen 28, calendario, fiscalidad y qué hacer ahora

Escrito por Francisco Ordeig Fournier Actualizado 10 min de lectura

EU Inc es una forma societaria propuesta por la Unión Europea para empresas que se constituyen en un país, captan inversión en otro y, al crecer, deben adaptarse a nuevas normas societarias.

Estado comprobado el 19 de agosto de 2026: la Comisión Europea presentó la propuesta el 18 de marzo de 2026. La ficha del procedimiento del Parlamento Europeo sigue indicando que está pendiente de la decisión de la comisión parlamentaria. EU Inc todavía no está operativa y hoy no es posible constituir una.

La propuesta plantea tres cifras principales: constitución en línea en un plazo de 48 horas, un coste de registro limitado a 100 € cuando se utilice el procedimiento estándar de la UE y ningún capital social mínimo. Son condiciones del marco propuesto. Los fundadores aún no pueden acogerse a ellas.

El régimen 28 propuesto armonizaría parte del Derecho societario y determinados procedimientos relacionados. Las normas nacionales en materia fiscal, laboral y en otros ámbitos seguirían regulando lo que el texto definitivo de la UE no sustituya. Quien proyecte operar en España todavía debe tomar decisiones antes de que terminen las negociaciones.

Qué es EU Inc y por qué se denomina régimen 28

EU Inc sería una nueva sociedad de responsabilidad limitada disponible en toda la Unión Europea. Conviviría con las formas societarias que ya existen en los 27 Estados miembros. No eliminaría ni sustituiría a la Sociedad Limitada española, la SARL francesa o la GmbH alemana.

El nombre alude al “régimen 28”: un marco opcional que se añadiría a los 27 sistemas nacionales. La Comisión Europea describe EU Inc como una figura concebida en especial para empresas innovadoras y startups, aunque estaría disponible para cualquier fundador que la considere adecuada.

La sociedad seguiría inscribiéndose en un Estado miembro. Las normas comunes de la UE regularían buena parte de su estructura y ciclo de vida, mientras que el Derecho nacional completaría las materias no previstas por el reglamento o por los estatutos sociales.

Qué ha propuesto la Comisión

El borrador no se limita al registro. Pretende normalizar procedimientos societarios importantes desde la constitución hasta la financiación, el gobierno corporativo, la transmisión de participaciones y, en determinados casos, la liquidación.

Característica propuesta Qué podría suponer en la práctica
Constitución en 48 horas Un procedimiento acelerado a través de una interfaz central de la UE, con la solicitud armonizada y los estatutos tipo.
Coste máximo de registro de 100 € El límite cubriría el registro y el control preventivo administrativo, judicial o notarial en el supuesto estándar acelerado. No significa que todos los costes jurídicos, bancarios o de asesoramiento vayan a limitarse a 100 €.
Sin capital social mínimo Los fundadores no tendrían que desembolsar un capital mínimo legal en el momento de la constitución. Seguirían siendo relevantes las garantías para acreedores y las reglas de solvencia.
Ciclo societario digital Por regla general, los trámites societarios, los procedimientos de socios y administradores, las operaciones de capital y la transmisión de participaciones podrían gestionarse en línea.
Entrega de datos una sola vez El registro mercantil transmitiría la información societaria pertinente a las autoridades fiscales, de IVA, Seguridad Social y titularidad real, en lugar de exigir al fundador que presente varias veces los mismos datos básicos.
Financiación más flexible La propuesta admite distintas clases de participaciones e instrumentos modernos de inversión inicial, incluidos los SAFE, además de ampliaciones de capital y transmisiones digitales.
Plan europeo de opciones sobre acciones para empleados Un régimen común y opcional aplazaría el momento de tributación de determinadas opciones sobre acciones para empleados, sujeto a lo que disponga el texto definitivo.

El proyecto de reglamento en EUR-Lex delimita esas propuestas. Por ejemplo, el plazo de 48 horas y el límite de 100 € están vinculados a la solicitud armonizada y a las plantillas de la UE. Un fundador que quiera estatutos a medida no estaría necesariamente dentro del mismo procedimiento acelerado.

¿Se puede constituir una EU Inc ahora?

No. Actualmente no existe un registro oficial de EU Inc en el que un fundador pueda reservar una denominación, presentar los estatutos o pagar una tasa de constitución.

La Comisión presentó su propuesta en marzo de 2026. El procedimiento legislativo ordinario de la UE exige que el Parlamento Europeo y el Consejo, que representa a los Estados miembros, negocien y adopten un texto definitivo. Las instituciones han señalado que esperan alcanzar un acuerdo sobre la norma antes de que termine 2026, pero es un objetivo y no una fecha de inicio garantizada.

La disponibilidad se produciría después del acuerdo político. El borrador de la Comisión establece que el reglamento sería aplicable 12 meses después de su entrada en vigor. Los Estados miembros, los registros mercantiles y la interfaz central necesitarían tiempo para prepararse. Por tanto, incluso un acuerdo legislativo rápido no haría que EU Inc estuviera disponible de inmediato.

Conviene desconfiar de las páginas comerciales que parezcan ofrecer reservas de nombre o preinscripciones de EU Inc. Una lista de correo privada, una manifestación de interés o un servicio de asesoramiento de pago no equivalen a la constitución en un registro mercantil oficial.

EU Inc simplificaría el Derecho societario, pero no eliminaría el cumplimiento nacional

Un error frecuente consiste en pensar que una sociedad europea traería consigo un único conjunto completo de normas fiscales, laborales, migratorias y de actividades reguladas. La propuesta no hace eso.

Normas societarias y contables

El reglamento armonizaría muchas materias societarias. Sin embargo, las cuestiones no reguladas por el propio reglamento o por los estatutos seguirían sometidas al Derecho nacional correspondiente al domicilio social. El borrador también remite las obligaciones contables a la legislación aplicable de ese Estado miembro.

Fiscalidad e IVA

EU Inc facilitaría el intercambio entre registros de los datos necesarios para la identificación fiscal y a efectos del IVA. Esa simplificación administrativa no debe confundirse con un tipo único del Impuesto sobre Sociedades en toda la UE.

Una empresa que opere desde España aún puede tener obligaciones españolas en materia de Impuesto sobre Sociedades, IVA, nóminas y establecimiento permanente. Siguen siendo relevantes el lugar donde los administradores toman las decisiones, donde trabaja el personal, donde se ejecutan los contratos y donde la empresa tiene sustancia real. Constituir la sociedad en un Estado miembro no desplaza automáticamente la actividad económica fuera de otro.

Si España va a ser la base operativa, conviene analizar la situación antes de escoger el domicilio social. Nuestra explicación sobre el Impuesto sobre Sociedades en España resume las obligaciones locales.

Empleo y Seguridad Social

La propuesta dice expresamente que no desplaza el Derecho laboral nacional ni el de la UE. También seguirían aplicándose las reglas de participación de los trabajadores vinculadas al Estado miembro del domicilio social. Una forma societaria digital no permitiría a una empresa ignorar las normas laborales o de Seguridad Social españolas respecto de un equipo que trabaje en España.

Inmigración, licencias y actividades reguladas

La constitución de una sociedad no concede por sí sola el derecho a vivir o trabajar en España. Un fundador que no sea ciudadano de la UE puede seguir necesitando la vía migratoria adecuada, y una actividad regulada puede requerir licencias locales o autorizaciones profesionales. El visado de emprendedor español es un procedimiento jurídico independiente con sus propios requisitos.

Quién podría beneficiarse más si EU Inc se convierte en ley

El supuesto más claro es el de una empresa que prevé actividad transfronteriza desde el principio, por ejemplo, con inversores en varios Estados miembros, un equipo distribuido por Europa, filiales previstas o sucesivas rondas de financiación.

Las transmisiones digitales de participaciones, el gobierno corporativo en línea y unos instrumentos de inversión más conocidos podrían reducir obstáculos para esas empresas. Una denominación común en toda la UE también puede ayudar a los inversores a entender la estructura societaria básica sin tener que aprender una forma nacional distinta para cada operación.

La ventaja es menos evidente para un negocio local cuyos clientes, trabajadores, dirección y activos estén todos en España. Esa sociedad seguiría sujeta a las reglas españolas en materia fiscal, laboral, contable y sectorial. Para ella, la conocida SL española puede seguir siendo la opción más práctica incluso cuando EU Inc llegue a estar disponible.

Qué pueden hacer ahora los fundadores que planean operar en España

Puede ser necesario actuar antes de que la norma esté lista. Una empresa quizá tenga que firmar un alquiler, contratar personal, facturar a clientes, abrir una cuenta bancaria o cerrar una ronda de inversión antes de que termine el procedimiento legislativo de la UE.

  1. Decidir si la empresa necesita ya una sociedad. Si los contratos o la financiación están avanzando, hay que organizarse mediante una forma jurídica que exista hoy.
  2. Delimitar la presencia operativa real. Conviene dejar constancia de dónde se tomarán las decisiones de gestión, dónde trabajará el personal, dónde se conservará la propiedad intelectual y dónde se atenderá a los clientes.
  3. Definir el gobierno corporativo para la próxima ronda. La consolidación de participaciones de los fundadores, las materias reservadas, las restricciones a la transmisión y los derechos de los inversores merecen atención tanto si la sociedad es una SL como si en el futuro es una EU Inc.
  4. Preparar pronto la documentación de los fundadores. Los fundadores extranjeros de una sociedad española suelen necesitar un NIE, y los bancos pedirán pruebas de titularidad, actividad y origen de fondos. Nuestra guía sobre cómo constituir una sociedad española sin NIE explica dónde suelen surgir los retrasos.
  5. Mantener una estructura adaptable. Si EU Inc ofrece más adelante una ventaja clara, el reglamento definitivo podría permitir transformaciones nacionales o transfronterizas. Las condiciones dependerán de la norma que finalmente se apruebe.

Si se necesita una sociedad operativa ahora, la Sociedad Limitada española está disponible y cuenta con un marco jurídico conocido. Puede constituirse con un capital social mínimo de 1 €, aunque se aplican reglas especiales de protección de acreedores mientras el capital y la reserva legal no alcancen 3.000 €.

Planificar según el negocio, no según la propuesta

EU Inc sigue siendo una propuesta. Su utilidad dependerá de la redacción definitiva, de la calidad de la interfaz central de registro y de cómo apliquen las autoridades nacionales los límites entre el Derecho societario armonizado y las obligaciones locales.

Los fundadores deberían seguir las negociaciones, sobre todo si la empresa está pensada para varios mercados de la UE. No deberían aplazar un lanzamiento viable en 2026 únicamente porque más adelante pueda existir una forma societaria atractiva.

La futura figura solo será útil si resuelve un problema relevante de gobierno corporativo, financiación u operaciones transfronterizas para la empresa.

Preguntas frecuentes

¿EU Inc ya es una forma societaria legal?

No. A 19 de agosto de 2026, EU Inc es una propuesta de la Comisión que sigue en negociación. Ningún fundador puede constituir una todavía.

¿Cuándo estará disponible EU Inc?

No existe una fecha confirmada. El Parlamento y los Estados miembros esperan acordar un texto definitivo antes de que termine 2026. El borrador actual sería aplicable 12 meses después de su entrada en vigor.

¿EU Inc solo costará 100 €?

La propuesta limita a 100 € el procedimiento estándar de registro acelerado. Ese importe no comprende todos los posibles gastos de asesoramiento, banca, cumplimiento fiscal, licencias, traducciones o documentos a medida.

¿Una EU Inc pagaría un único tipo impositivo de la UE?

La propuesta no crea un tipo único del Impuesto sobre Sociedades de la UE. La residencia fiscal, el establecimiento permanente, el IVA y las obligaciones sobre nóminas seguirían analizándose conforme a las normas nacionales y de la UE aplicables.

¿Puede un fundador de fuera de la UE utilizar EU Inc?

La propuesta está abierta a personas físicas y jurídicas, incluidos inversores de terceros países, pero la sociedad debe tener en la UE su domicilio social y su administración central o centro de actividad principal. Según el texto propuesto, al menos un administrador tendría que residir en la UE. Las reglas definitivas pueden cambiar durante la negociación.

¿Conviene esperar a EU Inc o constituir una SL española?

Si la empresa necesita operar ahora, la SL española es una vía disponible. Esperar puede tener sentido cuando no hay una necesidad comercial inmediata y el gobierno corporativo a escala de la UE es esencial para el proyecto. La decisión depende de los plazos, la presencia fiscal, los inversores y el lugar de trabajo del equipo.

¿Está planificando una empresa en España o una estructura transfronteriza en la UE? Podemos comparar las opciones disponibles con el marco propuesto para EU Inc y determinar las cuestiones fiscales, migratorias y bancarias que afectan al lanzamiento. Contacte con Legal Fournier para recibir asesoramiento sobre su caso.

Este artículo ofrece información general y refleja la propuesta y el estado legislativo revisados el 19 de agosto de 2026. No sustituye el asesoramiento sobre una estructura concreta.