Datos clave
- Tramitación: 20 días hábiles
- Duración: Hasta 3 años (directivos/especialistas), 1 año (becarios)
- Empleo previo: Mínimo 3 meses con la empresa
- Familia: Incluida con derecho a trabajar
- Test de mercado laboral: No requerido
- Beneficio fiscal: Elegible para Ley Beckham (24% fijo)
- Movilidad UE: Sí (con permiso ICT-UE)
Qué es el Traslado Intraempresarial
El visado de Traslado Intraempresarial permite a las empresas multinacionales reubicar directivos, especialistas y becarios desde sus oficinas en el extranjero a sucursales o filiales en España. Está diseñado específicamente para movimientos internos dentro de un grupo corporativo, no para contratar nuevos empleados.
La tramitación tarda solo 20 días hábiles a través de la Unidad de Grandes Empresas de España, y no hay test de mercado laboral. Tu empresa ya emplea a esta persona, la necesitan en España, y el gobierno ha creado una vía rápida para hacerlo posible.
Quién cualifica para el visado ICT
Tres categorías de empleados pueden transferirse bajo este visado, cada una con diferentes límites de duración:
Directivos
Empleados que dirigen la organización o un departamento significativo, supervisan a otros directivos o profesionales, y tienen autoridad sobre decisiones de contratación y operaciones del día a día. Los traslados de directivos pueden durar hasta 3 años.
Especialistas
Empleados con conocimiento especializado de los productos, servicios, métodos de investigación o sistemas internos de la empresa que no se encuentra fácilmente en el mercado laboral local. Son personas cuya experiencia específica los hace difíciles de reemplazar. Los traslados de especialistas también pueden durar hasta 3 años.
Becarios
Recién graduados siendo formados para puestos de dirección o especialista dentro de la empresa. Los becarios deben tener título universitario y participar en un programa de desarrollo estructurado. Los traslados de becarios están limitados a 1 año sin extensión.
Requisitos
- El empleado ha trabajado para la empresa o grupo corporativo al menos 3 meses antes del traslado
- Título universitario O al menos 3 años de experiencia profesional equivalente
- Operaciones comerciales reales y activas en España (no una empresa fantasma o presencia nominal)
- Relación corporativa documentada entre las entidades emisora y receptora
- Carta de traslado detallando el rol, salario, duración de la asignación y estructura de reporte
- Certificado de antecedentes penales
- Cobertura de seguro médico en España (si no está inscrito en la seguridad social española)
El requisito de 3 meses de empleo previo se aplica estrictamente y pilla desprevenidas a algunas empresas. Si estás contratando a alguien específicamente para enviarlo a España, el ICT no funcionará. Necesitan tener una relación laboral establecida con tu organización primero. Para nuevas contrataciones, considera la visa de Profesional Altamente Cualificado o la Tarjeta Azul UE.
ICT-UE vs permisos ICT nacionales
España ofrece dos versiones del permiso de Traslado Intraempresarial, y la mayoría de las multinacionales quieren la versión UE.
El permiso ICT-UE permite al empleado trasladado trabajar en España y luego moverse a otros países de la UE para asignaciones sin obtener un nuevo permiso en cada país. Si tu empresa tiene operaciones en toda Europa y el empleado podría trabajar desde múltiples ubicaciones, esto proporciona la flexibilidad que necesitas.
El ICT Nacional es solo para España. Funciona para situaciones contractuales específicas donde la movilidad por toda la UE no es necesaria, pero generalmente recomendamos el ICT-UE a menos que haya una razón particular para elegir lo contrario.
Beneficios fiscales de la Ley Beckham para empleados trasladados
Los empleados reubicados con visado ICT son elegibles para el régimen fiscal especial de España. En lugar de pagar tipos impositivos progresivos que pueden llegar al 47%, pagan un 24% fijo sobre sus ingresos españoles durante seis años desde la fecha en que se convierten en residentes fiscales españoles.
Para un directivo que gana €100.000 al año, esto se traduce en aproximadamente €15.000 a €20.000 menos en impuestos anuales comparado con los tipos estándar. Durante una asignación de 3 años, el ahorro es sustancial. Gestionamos las solicitudes de Ley Beckham como parte del paquete de reubicación para asegurar que tu empleado capture este beneficio.
Reubicación familiar
El cónyuge, pareja de hecho e hijos dependientes del empleado trasladado pueden incluirse todos en la misma solicitud ICT. Reciben permisos de residencia con autorización de trabajo completa, lo que significa que el cónyuge puede buscar empleo en España inmediatamente en lugar de esperar un proceso separado de reagrupación familiar.
Esto suele ser el factor decisivo para empleados que consideran una asignación internacional. Saber que su pareja puede trabajar legalmente en España desde el primer día hace la reubicación mucho más atractiva y reduce el estrés de desarraigar a una familia.
El proceso de solicitud
- La empresa, o nuestro despacho en su nombre, presenta la solicitud de autorización de residencia a UGE en Madrid
- UGE revisa la solicitud y emite la aprobación en 20 días hábiles
- El empleado solicita su visado en el consulado español de su país de origen
- Al llegar a España, el empleado solicita su tarjeta de residencia TIE en 30 días
Si UGE no responde dentro del plazo de 20 días, la solicitud se considera aprobada por silencio administrativo positivo. En la práctica, normalmente recibimos respuestas en dos semanas.
Para equipos de RRHH y gestores de movilidad global
Trabajamos directamente con tus equipos de RRHH, legal y movilidad global para gestionar el lado español de la reubicación. Tú proporcionas los detalles del empleado, términos de la asignación y documentación corporativa. Nosotros preparamos la solicitud UGE completa, coordinamos la presentación, respondemos a cualquier consulta durante la revisión, y guiamos al empleado a través de su cita consular y solicitud de TIE.
Si estás reubicando múltiples empleados a España, podemos establecer un proceso simplificado. La documentación central de la empresa se reutiliza entre solicitudes, mientras que los expedientes individuales de empleados se preparan en paralelo para minimizar el plazo total.
Qué gestionamos
La solicitud ICT completa incluyendo el memorando detallado que demuestra por qué el traslado cualifica bajo el programa. Guiamos a los empleados trasladados a través de sus citas consulares y les ayudamos a establecerse con tarjetas TIE una vez llegan. Si quieren solicitar el estatus fiscal de Ley Beckham, también gestionamos esa presentación.
Hemos tramitado solicitudes ICT para empresas de tecnología, bancos de inversión, firmas de consultoría de gestión y corporaciones industriales reubicando personal a oficinas de Barcelona y Madrid. Entendemos lo que UGE busca y cómo presentar los traslados de la manera más favorable.
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Preguntas frecuentes
¿Qué cuenta como “relación corporativa” entre empresas?
La entidad española debe estar legalmente conectada a la empresa emisora a través de propiedad. Esto incluye matriz a filial, filial a matriz, o traslados entre filiales de la misma matriz. Las relaciones de cliente o asociaciones comerciales no cualifican.
¿Puede el empleado trasladado cambiar de empleador en España?
El permiso ICT está vinculado al traslado corporativo específico. Para trabajar para un empleador diferente, el empleado necesitaría obtener un tipo de permiso diferente. Sin embargo, pueden solicitar cambiar su estatus a un permiso de trabajo regular u otra categoría de visa mientras están en España.
¿Qué pasa si el empleado lleva menos de 3 meses en la empresa?
El ICT no funcionará en este caso. Deberías considerar la visa de Profesional Altamente Cualificado o la Tarjeta Azul UE, ya que estas no requieren empleo previo con la empresa específica. Podemos ayudarte a determinar la mejor alternativa.
¿Podemos extender la asignación más allá de 3 años?
El permiso ICT tiene una duración máxima de 3 años sin extensión disponible. Si el empleado necesita quedarse más tiempo, tendría que transicionar a un tipo de permiso diferente, como un permiso de trabajo regular o residencia de larga duración. Muchos empleados trasladados convierten su estatus después de completar su asignación ICT.
¿Necesita la entidad española cumplir requisitos de tamaño?
A diferencia de otros visados de vía rápida, el ICT no tiene requisitos estrictos de tamaño para la entidad receptora. La empresa española necesita demostrar actividad comercial real y una relación corporativa legítima con la entidad emisora, pero no necesita 250+ empleados o €50M+ de facturación.


