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Guía práctica del Modelo Tributario 720 en España

Si eres residente fiscal en España, hay un formulario que no puedes ignorar: Modelo 720. Es la forma en que la Administración española pregunta: “¿Qué bienes tienes fuera de España?”

Esto no es una liquidación de impuestos. Es una declaración informativa. Estás comunicando a la Agencia Tributaria tus cuentas bancarias, inversiones y bienes inmuebles en el extranjero. Pero hacerlo mal, o no presentarlo cuando corresponde, puede dar lugar a sanciones conforme a las reglas tributarias generales en España.

¿Qué es el Modelo 720 y cuándo debes presentarlo?

Entonces, ¿quién debe preocuparse por esto? La regla es sencilla: si eres residente fiscal en España y el valor de tus bienes en una sola categoría en el extranjero supera los 50.000 EUR, debes presentar la declaración.

La residencia fiscal suele determinarse por permanecer más de 183 días al año en España, o porque aquí se encuentren tus principales intereses económicos. Esto afecta a muchos expatriados, jubilados y nómadas digitales que han hecho de España su hogar, pero mantienen vínculos financieros fuera. Para profundizar en el propio formulario, puedes consultar nuestra guía detallada sobre qué es el Modelo 720.

La declaración divide tus bienes en el extranjero en tres bloques diferenciados:

  • Bloque 1: Cuentas bancarias mantenidas en entidades financieras situadas fuera de España.
  • Bloque 2: Inversiones, valores, seguros de vida y rentas gestionadas o generadas en el extranjero.
  • Bloque 3: Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles situados fuera de España.

El umbral de 50.000 EUR es la cifra clave, y se aplica a cada bloque por separado. Este detalle es esencial. No se suman los bloques entre sí.

Supongamos que tienes 40.000 EUR en una cuenta bancaria en Reino Unido, 30.000 EUR en acciones estadounidenses y un pequeno apartamento en Francia valorado en 45.000 EUR. En ese caso, no tendrías que presentar el Modelo 720 porque ninguna categoría individual supera el límite de 50.000 EUR. Pero si esa cuenta bancaria del Reino Unido tuviera 50.001 EUR, tendrías que declarar el saldo íntegro de ese bloque.

Este diagrama te ofrece una guía visual rápida para comprobar si la obligación te afecta.

Diagrama de flujo para residentes fiscales en España sobre la obligación de presentar el Modelo 720 por bienes en el extranjero.

Como ves, todo se reduce a dos preguntas: ¿eres residente fiscal en España? ¿Y tus bienes en cualquiera de las tres categorías superan los 50.000 EUR?

Comprobación rápida del Modelo 720

Utiliza esta tabla para una autoevaluación rápida. Si respondes “Sí” a ambos criterios principales de algún bloque de bienes, es probable que tengas obligación de presentar la declaración.

Criterio Requisito ¿Lo cumples? (Sí/No)
Residencia fiscal ¿Eres considerado residente fiscal en España en el ejercicio correspondiente?
Bloque 1: Cuentas ¿El saldo total de tus cuentas bancarias o financieras en el extranjero supera los 50.000 EUR?
Bloque 2: Inversiones ¿El valor total de tus inversiones, seguros y rentas en el extranjero supera los 50.000 EUR?
Bloque 3: Inmuebles ¿El valor de adquisición de tus inmuebles en el extranjero supera los 50.000 EUR?

Esto es solo un punto de partida. Los detalles sobre fechas de valoración y qué bienes concretos entran en cada bloque pueden complicarse, pero es una buena primera comprobación.

¿El Modelo 720 es un impuesto?

No. Dejémoslo muy claro, porque es la duda más habitual. El Modelo 720 es únicamente una declaración informativa. No pagas ningún impuesto por presentarlo.

Su finalidad es proporcionar a la Agencia Tributaria una imagen clara de tus bienes globales. Esa información se utiliza para contrastarla con otras declaraciones fiscales, como tu declaración anual de la renta (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, o IRPF) y, en su caso, el Impuesto sobre el Patrimonio. Si declaras una vivienda en alquiler en Alemania en el Modelo 720, cabe esperar que ese rendimiento aparezca tratado de forma coherente en tu IRPF.

Piénsalo como la base de tu cumplimiento fiscal en España. Hacerlo bien ayuda a que el resto de tu situación tributaria se sostenga sobre una base transparente. Si tienes la más mínima duda sobre si tu caso exige declaración, es mucho mejor obtener una respuesta clara que asumir un riesgo innecesario.

Quién se considera residente fiscal en España

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Si este articulo se aplica a tu situacion, contacta con nuestro equipo para recibir orientacion legal y siguientes pasos claros.

La obligación de presentar el Modelo 720 depende de una sola cuestión: si eres residente fiscal en España. Muchos expatriados creen que todo se limita a contar días, pero la Agencia Tributaria utiliza varios criterios, y basta con que se cumpla uno de ellos.

La prueba más conocida es la regla de los 183 días. Si pasas más de 183 días dentro de España durante un año natural, eres automáticamente residente fiscal. Los días no tienen que ser consecutivos, y las salidas breves al extranjero normalmente no bastan para evitarlo salvo que puedas acreditar residencia fiscal en otro país.

El criterio del centro de intereses económicos

España también analiza dónde se genera tu actividad económica. Este es tu centro de intereses económicos. Si el núcleo de tu vida profesional o de tus operaciones empresariales está en España, la Administración tributaria puede considerarte residente con independencia del número de días que hayas pasado aquí.

Por ejemplo, imagina que trabajas en remoto desde Valencia. Aunque viajes con frecuencia fuera de España, si tus principales clientes son españoles y tus ingresos se generan aquí, tu centro económico estará en España. Es una situación que vemos a menudo en nómadas digitales y emprendedores que creen que viajar les exime. No es así.

El criterio del centro de intereses vitales

También existe el centro de intereses vitales, que se refiere al lugar donde realmente se desarrolla tu vida personal. Este criterio atiende a la familia y al arraigo social. La ley presume que eres residente si tu cónyuge, salvo separación legal, o tus hijos menores dependientes viven en España.

Es una presunción muy potente. Si tus hijos van a un colegio español y tu pareja vive aquí, sostener que tu centro vital está fuera resulta cuesta arriba, aunque tu trabajo implique viajar. Puedes ampliar este punto en nuestra guía completa sobre residencia fiscal en España.

La carga de probar lo contrario recae sobre ti.

¿Y la Ley Beckham?

Esta es una materia en la que mucha gente recibe mensajes contradictorios. Los contribuyentes acogidos al régimen especial de impatriados del artículo 93, conocido como Ley Beckham, no deben analizarse igual que los residentes fiscales ordinarios a efectos del Modelo 720.

Según la guía actual de la AEAT, los contribuyentes acogidos al régimen especial de impatriados no presentan el Modelo 720 mientras permanecen bajo dicho régimen.

Eso significa que el análisis ordinario sobre bienes en el extranjero que se desarrolla en este artículo está pensado para residentes fiscales comunes en España. Si tributas bajo la Ley Beckham, conviene revisar tu posición antes de asumir que el Modelo 720 te resulta aplicable.

¿Quién más debe presentar la declaración?

La obligación no afecta solo a personas físicas. El Modelo 720 también puede alcanzar a determinadas estructuras y entidades radicadas en España.

  • Sociedades residentes en España y otras personas jurídicas.
  • Establecimientos permanentes en España de personas físicas o sociedades no residentes.
  • Otras entidades, como las herencias yacentes, cuando se consideren radicadas en España.

Determinar correctamente tu residencia fiscal es el primer paso y el más importante. Equivocarte aquí puede salir muy caro.

Categorías de bienes y cómo se declaran

Ilustración que divide los bienes en cuentas bancarias, inversiones e inmuebles, cada uno con un umbral de declaración de 50.000 EUR.

El Modelo 720 organiza los bienes en el extranjero en tres bloques diferenciados. Acertar aquí es esencial. La regla más importante es que el umbral de 50.000 EUR se aplica a cada bloque por separado. No se suman entre sí.

En nuestra experiencia, este punto supone un alivio importante para muchos nuevos residentes. Si no superas la línea de 50.000 EUR en una categoría concreta, no tienes que presentar la declaración. Por ejemplo, si tienes 40.000 EUR en una cuenta en Estados Unidos, 45.000 EUR en acciones del Reino Unido y una pequena participación inmobiliaria en Francia por valor de 49.000 EUR, no existiría obligación de presentar el modelo.

Bloque 1: Cuentas bancarias

Es la categoría más sencilla. Incluye las cuentas mantenidas en entidades financieras fuera de España.

  • Cuentas corrientes
  • Cuentas de ahorro
  • Depósitos a plazo

Debes presentar la declaración si el valor total de todas las cuentas de este bloque supera los 50.000 EUR. La Agencia Tributaria atiende a dos cifras: el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre. Si cualquiera de las dos supera el umbral, debes declarar todas las cuentas del bloque.

Un detalle que mucha gente pasa por alto: ser autorizado o beneficiario de una cuenta, aunque no sea “tuya” en sentido estricto, puede generar obligación de declarar. La Agencia Tributaria quiere conocer cualquier cuenta extranjera sobre la que tengas control o beneficio.

Las cuentas conjuntas son una fuente habitual de errores. Si tú y tu cónyuge tenéis una cuenta conjunta en el extranjero con un saldo de 80.000 EUR, ambos debéis presentar el Modelo 720. En vuestras declaraciones individuales indicaréis el saldo íntegro de 80.000 EUR y después aclararéis vuestro porcentaje de titularidad, por ejemplo, el 50 %.

Bloque 2: Valores e inversiones

Este es el bloque más amplio y, a menudo, el más complejo. Agrupa una gran variedad de activos financieros depositados, gestionados o mantenidos en el extranjero. El umbral de 50.000 EUR también se aplica aquí, tomando como referencia el valor total a 31 de diciembre.

Este bloque incluye:

  • Acciones, participaciones y otros títulos de renta variable en sociedades extranjeras.
  • Fondos de inversión, ya sea de forma directa o a través de una plataforma extranjera.
  • Seguros de vida y rentas contratados con entidades no españolas.
  • Determinados derechos, productos aseguradores o intereses de inversión mantenidos en el extranjero. Los planes de pensiones y productos de jubilación deben analizarse caso por caso, porque su tratamiento depende de su estructura jurídica.

Veámoslo con un ejemplo práctico. Supongamos que te mudas a España y mantienes acciones extranjeras por valor de 55.000 EUR junto con otros derechos o productos financieros en el extranjero susceptibles de declaración. Si los activos efectivamente incluidos en este bloque superan los 50.000 EUR, ese bloque puede obligarte a presentar el Modelo 720. Los planes de pensiones y productos de jubilación deben revisarse aparte, porque su tratamiento depende de su configuración jurídica.

Bloque 3: Bienes inmuebles

El último bloque cubre los inmuebles que posees fuera de España. Incluye la propiedad directa y también determinados derechos sobre inmuebles en el extranjero, como algunos derechos de aprovechamiento por turnos.

Aquí hay una diferencia crítica: el umbral de 50.000 EUR se calcula sobre el valor de adquisición del inmueble, no sobre su valor actual. Si compraste un piso en Londres hace 20 años por 40.000 EUR, da igual que hoy valga 200.000 EUR. Por sí solo, no exigiría declaración.

Ahora bien, sí debes sumar el coste de adquisición de todos los inmuebles en el extranjero que poseas. Si compraste uno por 30.000 EUR y otro por 35.000 EUR, el total asciende a 65.000 EUR. Eso supera el umbral y obliga a declarar ambos inmuebles.

Valoraciones y tipos de cambio

Todos los bienes deben convertirse a euros. La Agencia Tributaria es muy concreta en este punto. Debes utilizar el tipo de cambio oficial publicado por el Banco de España a 31 de diciembre del ejercicio correspondiente. No basta con usar un tipo de cambio sacado de internet; debe ser el oficial.

Clasificar correctamente estas categorías y valoraciones es fundamental. Si gestionas bienes en varios países, el proceso puede resultar abrumador. Contacta con nosotros para recibir asesoramiento personalizado. Te ayudaremos a clasificar cada activo correctamente y a preparar una declaración precisa.

Cómo presentar la declaración Modelo 720

Diagrama del proceso de presentación ante la AEAT: plazo del 1 de enero al 31 de marzo, presentación online con certificado digital o Cl@ve PIN.

Saber si tienes que presentar el Modelo 720 es solo la mitad del trabajo. La otra mitad consiste en presentarlo correctamente. El proceso es estricto, completamente digital y puede complicarse incluso para una persona muy organizada.

El plazo de presentación no es flexible. Debes presentar la declaración entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año. Esa presentación informa sobre los bienes que poseías el último día del ano anterior.

Por tanto, respecto a los bienes mantenidos a 31 de diciembre de 2025, la fecha límite sería el 31 de marzo de 2026. Si se te pasa, te expones a sanciones. Conviene dejarlo marcado en el calendario.

Cómo se presenta

El Modelo 720 se presenta por internet. No puedes imprimirlo y enviarlo en papel. La única vía es a través de la web oficial de la Agencia Tributaria (AEAT).

Para acceder, necesitarás un sistema de identificación digital español. Normalmente eso significa una de estas dos opciones:

  1. Certificado digital: Es la referencia habitual para operar online con la Administración en España. Se trata de un archivo que instalas en tu ordenador y que acredita tu identidad para gestiones como impuestos, Seguridad Social y otros trámites oficiales.
  2. Sistema Cl@ve PIN: Una opción más orientada al móvil, que envía códigos temporales a tu teléfono. Suele ser más rápida de activar, aunque puede resultar menos versátil para trámites complejos.

En nuestra experiencia, conseguir estas credenciales es el principal obstáculo para muchos expatriados. El proceso combina solicitudes online y citas presenciales, y no siempre es sencillo. Por eso solemos recomendar a nuestros clientes que lo inicien con meses de antelación al plazo de marzo, para evitar correr en el último momento.

¿Tengo que presentarlo todos los anos?

Esta es la pregunta más común que recibimos, y la respuesta tranquiliza a mucha gente. No, no tienes que presentar el Modelo 720 todos los anos después de la primera declaración.

Solo debes volver a presentarlo si tu situación cambia de alguna de estas tres formas:

  • Tus bienes aumentan: el valor de una categoría ya declarada, por ejemplo cuentas bancarias, se incrementa en más de 20.000 EUR.
  • Has vendido o cancelado algo: has vendido un inmueble en el extranjero, cerrado una cuenta bancaria o dejado de tener un bien previamente declarado.
  • Has adquirido algo nuevo: has comprado un nuevo bien declarable, aunque ello no haga subir la categoría más de 20.000 EUR.

Entender estas reglas es clave. Significa que solo repites el trabajo administrativo cuando realmente es necesario.

Navegar por el portal de la AEAT y resolver la identificación digital puede ser complicado. Si estás atascado con el proceso o simplemente quieres asegurarte de hacerlo bien, podemos acompanarte en cada paso.

Errores frecuentes y sanciones que conviene evitar

Los errores más comunes que vemos

En nuestra experiencia, casi todos los problemas con el Modelo 720 nacen de unos pocos descuidos recurrentes. Saber cuáles son es tu mejor defensa.

Estos son los puntos en los que más fallan los contribuyentes:

  • Olvidar las cuentas conjuntas: si tú y tu cónyuge tenéis una cuenta conjunta en el extranjero con más de 50.000 EUR, ambos debéis presentar el Modelo 720. Cada uno declara el saldo íntegro e indica su porcentaje de titularidad.
  • Usar un tipo de cambio incorrecto: no basta con consultar una app de divisas. Hacienda exige utilizar el tipo de cambio oficial publicado por el Banco de España a 31 de diciembre del ejercicio declarado.
  • Calcular mal los umbrales: el límite de 50.000 EUR se aplica a cada una de las tres categorías por separado. No se suman todas para ver si hay obligación.
  • Ignorar la regla de los 20.000 EUR: es un error muy habitual. Debes volver a presentar la declaración si el valor de una categoría ya declarada aumenta en más de 20.000 EUR. Mucha gente presenta correctamente el primer ano y luego olvida esta regla en ejercicios posteriores.
  • Ignorar las facultades de disposición: no es necesario ser propietario pleno del dinero. Ser simplemente autorizado en una cuenta ajena puede generar tu propia obligación de declarar.

Cómo funciona hoy el régimen sancionador

Es probable que hayas oído historias sobre las antiguas sanciones del Modelo 720. Ese régimen fue correctamente cuestionado y tumbado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2022 por resultar desproporcionado.

Pero que hoy sea menos severo no significa que no haya sanciones. Las presentaciones fuera de plazo, incompletas o inexactas pueden seguir sancionándose conforme al régimen general tributario en España, incluida la Ley General Tributaria.

En las declaraciones informativas, uno de los marcos sancionadores habituales parte de 20 EUR por cada dato omitido o incorrecto, generalmente con un mínimo de 300 EUR y un máximo de 20.000 EUR. El resultado exacto depende del procedimiento y del tipo de error.

Eso significa que los fallos todavía pueden acumularse con rapidez. Omitir una sola cuenta extranjera puede implicar varios datos faltantes, como el nombre del banco, el número de cuenta o los saldos relevantes.

La mejor estrategia es una regularización proactiva

¿Y si te has pasado del plazo o acabas de descubrir que debiste haber presentado la declaración hace anos? No entres en pánico, pero tampoco lo dejes correr. En muchos casos, es mejor abordar el problema antes de que la Administración inicie un procedimiento formal.

Actuar antes de que la Agencia Tributaria abra un procedimiento puede mejorar el desenlace, pero la estrategia correcta depende de los hechos, del momento y del tipo de omisión. España también recibe información financiera mediante sistemas internacionales de intercambio, y esa es una de las razones por las que los retrasos deben revisarse cuanto antes y no ignorarse.

Hacer bien esta parte no solo consiste en evitar una multa; también es una cuestión de tranquilidad. Si no tienes claro cuáles son tus obligaciones o has detectado un error pasado, contacta con nosotros para recibir asesoramiento personalizado. Podemos ayudarte a corregir la situación y a dejar tu posición fiscal bien encauzada.

Cómo afecta el Modelo 720 a tus otros impuestos en España

Es una confusión habitual. Muchos nuevos residentes ven el modelo tributario 720 y creen que se trata de otro impuesto. Dejémoslo claro: no lo es. No pagas ni un solo euro al presentar este formulario.

Piénsalo como una herramienta de información de la Agencia Tributaria. Su única finalidad es ofrecer una visión completa y transparente de los bienes que posees fuera de España. Pero esa información no se queda guardada sin más. Hacienda utiliza los datos del Modelo 720 para contrastarlos con otras declaraciones tributarias.

La relación con tu IRPF

La conexión más directa es con tu declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Modelo 100 (IRPF). Cualquier activo que aparezca en el Modelo 720 y genere rentas debería estar tratado correctamente también en tu IRPF. La Administración puede comparar esa información con el resto de tus declaraciones y plantear dudas si los datos no encajan.

Por ejemplo, si declaras una vivienda en alquiler en Francia en el Modelo 720, lo normal es que la Administración espere ver reflejados esos rendimientos donde corresponda dentro de tu Modelo 100. Si declaras una cartera de inversión extranjera, los dividendos y las ganancias patrimoniales también pueden tener que aparecer en tu tributación espanola. Una discrepancia puede provocar preguntas, una comprobación o una inspección.

Impacto en el Impuesto sobre el Patrimonio

Los datos del Modelo 720 también alimentan el análisis del Impuesto sobre el Patrimonio, o Modelo 714. Este impuesto recae sobre tu patrimonio neto mundial. El umbral varía según la comunidad autónoma, pero de forma general suele situarse en torno a 700.000 EUR, con una exención adicional de 300.000 EUR para la vivienda habitual en España.

Cuando presentas el Modelo 720, en la práctica estás entregando a la Administración una lista detallada de tus bienes en el extranjero. Esa información se suma al valor de tus bienes en España, como inmuebles, para calcular tu patrimonio total. Si ese patrimonio supera el umbral aplicable en tu comunidad, tendrás obligación legal de presentar y, en su caso, pagar el Impuesto sobre el Patrimonio. Para una visión más amplia de tus obligaciones fiscales, consulta nuestra guía sobre impuestos para expatriados en España.

Los distintos regímenes fiscales pueden modificar la forma en que deben tratarse las rentas y los bienes en el extranjero, por lo que tu situación respecto al Modelo 720 siempre debe revisarse junto con tu encaje fiscal global en España.

No declarar bienes en el extranjero puede generar problemas más amplios si esos mismos activos o las rentas asociadas también se omiten en otras declaraciones espanolas. Según los hechos, ello puede traducirse en liquidaciones complementarias, exposición a sanciones y mayor escrutinio fiscal. Las consecuencias exactas dependen del bien, del ejercicio afectado y de cómo se corrija la omisión.

Mantener coherencia entre todas tus declaraciones no es solo una buena práctica: es tu mejor defensa frente a inspecciones y sanciones. Si gestionas patrimonio dentro y fuera de España, es esencial tener una visión clara y unificada de tus obligaciones.

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 720

¿Qué pasa si he perdido el plazo?

Has dejado pasar la fecha límite del 31 de marzo. No entres en pánico, pero tampoco lo ignores. Esperar a ver si la Agencia Tributaria detecta el problema suele dificultar la solución, sobre todo porque España recibe información financiera mediante mecanismos internacionales de intercambio.

En muchos casos, el siguiente paso es valorar una declaración extemporánea voluntaria o una revisión estructurada de lo omitido. Actuar antes de que se inicie un procedimiento oficial puede ayudar, pero conviene comprobar la estrategia correcta con base en los hechos antes de presentar nada.

¿Cómo se declara una cuenta conjunta?

Este punto genera muchísimos errores. Imagina que tú y tu pareja tenéis una cuenta conjunta en el Reino Unido con un saldo de 80.000 EUR. La obligación de declarar es individual. Los dos debéis presentar el Modelo 720.

En cada declaración individual debéis hacer dos cosas:

  • Declarar el saldo íntegro de la cuenta: 80.000 EUR.
  • Indicar vuestro porcentaje de titularidad, por ejemplo, el 50 %.

No vale con dividir el saldo y declarar 40.000 EUR cada uno. Eso sería una presentación incorrecta y puede dar lugar a sanciones por información inexacta.

¿Debo declarar criptomonedas en el Modelo 720?

Ya no. Se trata de un cambio importante y relativamente reciente. Durante anos, el tratamiento de las criptomonedas fue una zona gris, pero España cuenta ahora con un formulario específico para los criptoactivos situados en el extranjero.

Las criptomonedas se declaran ahora en un formulario independiente: Modelo 721. Este modelo tiene su propio umbral de 50.000 EUR y el mismo plazo de presentación, del 1 de enero al 31 de marzo.

Se trata de una obligación independiente. Puede que no necesites presentar el Modelo 720 por tus cuentas bancarias o inmuebles, pero sí podrías tener que presentar el Modelo 721 por tus criptoactivos. Ya no se declaran conjuntamente.


Si estas preguntas te resultan familiares, o si tu situación concreta es compleja, acertar con la declaración es esencial. Podemos ofrecerte una orientación clara para valorar tu obligación de declarar y los siguientes pasos. Contacta con nosotros para recibir asesoramiento personalizado y afrontar el Modelo 720 con seguridad.

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Francisco Ordeig Fournier
Francisco Ordeig Fournier

Abogado para asuntos de inmigración, fiscalidad, inmobiliario y empresa en España

Orientación jurídica práctica para clientes internacionales desde un despacho coordinado.

Número de colegiado 2330

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