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Incentivos fiscales de cine en Canarias: qué revisar antes de rodar

Escrito por Francisco Ordeig Fournier Actualizado 9 min de lectura

Un presupuesto no debería restar del coste una previsión de los incentivos fiscales al cine en Canarias solo porque el rodaje se haga en las islas. Antes hay que determinar en qué modalidad del artículo 36.2 encaja el trabajo, qué productora española aplicaría la deducción fiscal y si los contratos y registros de costes sostienen esa posición. Esas respuestas deben estar claras antes de presentar como neto el coste de los servicios de producción.

Llamaremos comitente extranjero al productor o estudio que encarga los trabajos. Las cifras necesitan documentos que las sostengan, pero este texto no decide si una producción concreta cumple los requisitos. La deducción fiscal tampoco es un pago automático al comitente extranjero.

Quién aplica la deducción fiscal

El artículo 36.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades atribuye la deducción a una productora ejecutora inscrita en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA cuando realiza una producción extranjera cinematográfica o audiovisual que cumple los requisitos. El comitente extranjero puede recibir un beneficio económico a través de su contrato con esa productora, pero eso no lo convierte en el contribuyente español que aplica la deducción.

El régimen canario obliga a comprobar el vínculo fiscal de la productora ejecutora con Canarias. El artículo 94 de la Ley 20/1991 distingue entre entidades con domicilio fiscal en Canarias y entidades domiciliadas fuera que operan mediante un establecimiento permanente en el territorio. La inversión también debe respetar las condiciones territoriales aplicables. Por eso, un presupuesto o contrato no puede limitarse a indicar que se contrate una empresa canaria. Hay que identificar la productora ejecutora que aplicaría la deducción, su inscripción, su vínculo con Canarias y la entidad que soporta cada coste.

El contrato de servicios de producción debería reflejar esa estructura. Debe indicar quién controla el expediente de la deducción, quién asume una reducción o un retraso, cómo se calcula el beneficio económico pactado y qué pruebas debe aportar el comitente extranjero. Una cifra neta aislada deja esas condiciones fuera del acuerdo.

Primero se determina la modalidad del artículo 36.2; después se clasifica el gasto

El régimen ordinario para producciones extranjeras, el umbral especial aplicable a la animación y el régimen específico de los servicios de efectos visuales no comparten todos los requisitos. Cambian el gasto mínimo, los límites, el certificado y el análisis de ayudas. La tabla resume esas diferencias, pero no determina si una producción cumple los requisitos.

Modalidad analizada Umbral y tipo canario Límites y certificado Qué debe acreditar el expediente
Producción extranjera cinematográfica o audiovisual del artículo 36.2(a) Al menos 1 millón de euros de gasto en España computable para ese umbral. Para el gasto en Canarias que cumpla los requisitos, la AEAT indica el 54 % del primer millón de euros de base de la deducción y el 45 % sobre el exceso. Para períodos impositivos iniciados desde el 1 de enero de 2023, la AEAT indica 36 millones de euros por producción y 18 millones por episodio. Se aplican el certificado cultural y las exigencias legales sobre títulos de crédito finales y autorización promocional. Productora ejecutora inscrita, vínculo canario, base de la deducción y gastos elegibles, intensidad de ayudas, responsabilidad sobre el certificado, títulos de crédito finales y trazabilidad documental.
Animación dentro del artículo 36.2(a) El umbral especial de gasto es de 200.000 euros, en lugar del mínimo ordinario de 1 millón de euros. Los tipos canarios siguen la modalidad del artículo 36.2(a) cuando esta resulte aplicable. Siguen siendo relevantes los límites por producción y episodio y el régimen del certificado de la modalidad ordinaria. Calificación como animación, mención del estudio en los títulos de crédito, reparto por episodio, gasto territorial y redacción exacta del umbral aplicable al período impositivo.
Servicios de efectos visuales del artículo 36.2(b) El gasto en España es inferior a 1 millón de euros. La AEAT indica un tipo canario del 54 % de la base. La deducción queda limitada por las reglas de minimis de la Unión Europea que resulten aplicables. El artículo 36.2 excluye el certificado cultural para esta modalidad; la excepción no debe extenderse a las demás obligaciones legales. Que la productora ejecutora presta los servicios de efectos visuales, la base territorial de costes, el cómputo de las ayudas de minimis para la empresa correspondiente, los títulos de crédito, la autorización y el tratamiento vigente en la declaración tributaria.

La referencia para estas cifras es la guía de la AEAT sobre producciones extranjeras en Canarias, contrastada con el artículo 36.2 y la disposición adicional decimocuarta de la Ley 19/1994. La modalidad aplicable y el régimen del certificado deben comprobarse en esas fuentes primarias.

Ruta para identificar productora ejecutora, vínculo canario, rama de gasto, certificado y ayudas antes de modelar la deducción fiscal

Un tipo canario alto no convierte cualquier factura en gasto elegible

El artículo 36.2 limita la base de la deducción a gastos realizados en España, directamente relacionados con la producción y comprendidos en dos categorías legales: personal creativo con residencia fiscal en España o en otro Estado del Espacio Económico Europeo, e industrias técnicas y otros proveedores. El requisito de residencia pertenece a la categoría del personal creativo; no significa que todo miembro del equipo deba ser residente del EEE. Del mismo modo, una factura no pasa a ser elegible solo porque el proveedor tenga una dirección canaria.

El trabajo realizado, la entidad que contrata, la que factura, el lugar de prestación, la categoría legal del coste y sus justificantes deben ser coherentes. Los costes compartidos de una serie necesitan un criterio defendible de reparto por episodios. Si un servicio se divide entre Canarias, la península y otro país, hace falta una asignación territorial que refleje el trabajo, no una etiqueta cómoda.

Hay límites que operan fuera del cálculo del porcentaje. El artículo 45 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades fija un coste total mínimo de la producción de 2 millones de euros y establece que la base de la deducción no puede superar el 80 % del coste total de la producción. En la modalidad del artículo 36.2(a), la suma de la deducción y las demás ayudas se limita normalmente al 50 % de ese coste. Son comprobaciones distintas. Ni los 2 millones de coste total ni el límite del 80 % sustituyen al umbral de gasto en España correspondiente a la modalidad elegida.

Del presupuesto a la evidencia

El presupuesto de rodaje y el expediente fiscal no ordenan los costes de la misma manera. Mientras todavía se puedan cambiar las condiciones de proveedores y equipo, conviene añadir estas preguntas:

Campo del presupuesto Pregunta documental
Entidad contratante y destinataria de la factura¿Qué entidad soporta el coste y cómo se relaciona con la productora ejecutora que aplicaría la deducción?
Territorio de la prestación¿Qué trabajo se hizo realmente en Canarias, en el resto de España o en el extranjero?
Categoría legal del gasto¿Es personal creativo, una industria técnica u otro proveedor, y qué documento sostiene esa clasificación?
Residencia del personal creativoSi se trata como gasto de personal creativo, ¿qué acredita la residencia fiscal en España o en el EEE?
Reparto por episodio o territorio¿Consta el método de reparto y se aplica de forma coherente en el mayor contable y en los registros de producción?
Coste de producción y prueba del 80 %¿Qué versión del presupuesto total sostiene ambas cifras y registra por separado las subvenciones y otras ayudas?
Responsable del certificado, los títulos de crédito y la autorización¿Quién obtiene cada documento, aprueba el texto de los títulos de crédito y consigue la autorización del titular de los derechos?
Supuesto sin resolver¿Qué se incluyó en el precio neto pero aún necesita confirmación fiscal, jurídica o de producción?

La tabla ayuda a detectar incoherencias antes de firmar, cuando las partes todavía pueden decidir quién contrata, paga y conserva la prueba. No es una instrucción para aumentar la base de la deducción. Si el tratamiento territorial o la categoría legal siguen sin respaldo, conviene mantener ese coste fuera del modelo.

Planificar el certificado, los títulos de crédito y la autorización dentro del calendario

Salvo en la modalidad de servicios de efectos visuales del artículo 36.2(b), la ley exige un certificado cultural relativo al contenido de la producción o a su vinculación con la realidad cultural española o europea. El artículo 36.2 también regula determinadas menciones en los títulos de crédito finales y la autorización del titular de los derechos para usos promocionales de carácter cultural o turístico. Una regla transitoria puede afectar a determinados contratos firmados antes del 11 de julio de 2021, pero no cabe presumir que cubra un proyecto actual.

El procedimiento del ICAA para el certificado cultural de rodajes extranjeros se tramita electrónicamente y está dirigido a la productora ejecutora. La página oficial no fija un plazo de apertura para presentar la solicitud e indica un plazo de resolución de un mes. Ese plazo publicado no garantiza que una solicitud concreta esté completa, sea estimada o se resuelva a tiempo para una fecha de entrega.

Las responsabilidades deben figurar en el contrato y en el calendario de entregas. Las partes han de saber quién prepara la solicitud, aporta la documentación de base, aprueba la redacción de los títulos de crédito finales y autoriza el uso promocional exigido. Si una plataforma o anunciante impone sus propias restricciones sobre esos títulos, conviene detectar el conflicto antes del cierre de imagen.

Qué cerrar antes de firmar el contrato de servicios

La revisión previa tiene un objetivo concreto: dejar resueltas la modalidad prevista del artículo 36.2, la identidad de la productora ejecutora inscrita y su vínculo con Canarias. El presupuesto preliminar debe estar separado por proveedor, territorio y episodio, con indicación de los documentos que acreditarán la residencia y el criterio de reparto. También hay que registrar las demás ayudas públicas y, si se estudia una deducción por efectos visuales, la situación respecto de las ayudas de minimis. Después se reparten las tareas relativas al certificado, los títulos de crédito y la autorización promocional.

La deducción fiscal no decide por sí sola el tratamiento en IGIC o IVA, las retenciones de nómina, la calificación laboral, la Seguridad Social ni los permisos de inmigración. Esas cuestiones pueden afectar al mismo proyecto, pero exigen hechos y fuentes jurídicas propios. Nuestra guía sobre cómo organizar un rodaje en España aborda esa revisión operativa más amplia. La guía general del artículo 36.2 explica el marco nacional.

Para solicitar una revisión delimitada, envíe la propuesta de contrato de servicios de producción, la estructura prevista de la productora ejecutora y la prueba de su inscripción en el ICAA, un presupuesto preliminar de España y Canarias desglosado por proveedor y episodio, y el plan documental para facturación, residencia y reparto. Añada el plan del certificado cultural, los títulos de crédito finales y la autorización promocional, además de las demás ayudas y, cuando corresponda, los datos de minimis. Puede hacerlo a través de la página de contacto de Legal Fournier. No envíe documentos de identidad, credenciales bancarias ni un repositorio de producción sin filtrar hasta haber acordado un canal seguro y el alcance. La revisión puede identificar supuestos y pruebas pendientes; no garantiza elegibilidad, expedición del certificado, pago, porcentaje ni resultado fiscal.